Tarifaria Ejercicio 2022
ORDENANZA N° 1972/2021
VISTO: La necesidad de dictar la Ordenanza Tarifaria Anual, que regirá para los tributos de esta Municipalidad durante el año 2.022.-
Y CONSIDERANDO: Que la Ordenanza Tarifaria Municipal es por excelencia la norma y la herramienta económica a través de la cual se determinan las alícuotas de las tasas, derechos y contribuciones municipales, que constituyen los recursos generados de manera directa por la Municipalidad, dentro del marco establecido en la Ordenanza General Impositiva vigente, la Carta Orgánica Municipal y la propia Constitución Provincial.
Que tiene su basamento en los principios sobre los cuales se deberá fundamentar la imposición, tales como la legalidad, equidad, capacidad contributiva, uniformidad, simplicidad y cer¬teza, en consonancia con el Artículo 46 de nuestra Carta Orgánica.
Que el presente refuerza y profundiza la aplicación de estos principios, incorporando modificaciones que proporcionan una base más apta para la mayor eficacia en la promoción del cumplimiento tributario.
Que se ha procedido a calcular -en líneas generales- un incremento de las alícuotas de los distintos tributos municipales contemplados en esta ordenanza, a fin de adecuarlas con las alícuotas estipuladas en municipios de la región y con parámetros inflacionarios manifestados en el último año.
Que entre los cambios presupuestados este año, se destacan: La eliminación del carnet de conducir sin costo para los funcionarios de planta política; se establece un descuento del 50% de descuento para la primera licencia de conducir; se incrementa en un 50% el valor de la licencia de conducir fundado en el aumento de los insumos que demanda la impresión de las mismas; en cuanto al impuesto a la cartelería se acordó con el Centro Comercial e Industrial de Arroyito eximir a los comercios de la ciudad, con excepción de los que se encuentren inscriptos como de “gran escala” (Art. 3 de la Ordenanza 1.765) y entidades financieras;
Que conforme a los análisis efectuados en virtud del comportamiento de ciertas tasas, contribuciones y derechos, y tomando como base el incentivo al pago en tiempo y forma de los tributos municipales, se disponen descuentos por contribuyente cumplidor y por pago de contado.
Que el articulado del presente se ve modificado y armonizado con la Ordenanza Nº 1.589/2.012 que establece el “Nuevo Texto Ordenado Ordenanza General impositiva de la Municipalidad de Arroyito, Octubre 2.012”.
Que conforme al Inciso 15 del Artículo 66 de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Concejo Deliberante dictar la Ordenanza Tarifaria Anual.